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El SOAP, el permiso y la revisión técnica valen en digital gracias a su firma y su QR.

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¿Es válido en el celular?

Lo que dice la ley

Sí, pero no todos

El permiso de circulación, el SOAP y la revisión técnica se pueden mostrar en digital si son el documento electrónico original, con firma electrónica avanzada (su QR lo comprueba). Una foto o captura no es lo mismo.

Documento por documento

Permiso de circulaciónVale en digitalPDF original emitido por la municipalidad. Dictamen Contraloría N° 37.361 y N° 73.170 de 2013.
SOAPVale en digitalCertificado electrónico de la aseguradora. Mismos dictámenes.
Revisión técnicaVale en digitalCertificado electrónico de la planta, con firma electrónica avanzada (D.S. N° 35 de 2017, MTT).
Licencia de conducirSolo app oficialLa Licencia Digital del MTT (con Clave Única) vale. Una foto de tu licencia física, no.
Cédula de identidadLleva el físicoNo hay norma que valide una copia digital. Aquí es solo un respaldo.
PadrónLleva el físicoNo encontramos norma que valide una copia digital. Aquí es solo un respaldo.

Citas exactas

«Los vehículos motorizados no podrán transitar sin la placa única, el permiso de circulación otorgado por las Municipalidades y el certificado de un seguro obligatorio de accidentes causados por vehículos motorizados.»Ley de Tránsito N° 18.290 (DFL 1 de 2007), art. 51, inciso 1°
«[…] esta Contraloría General concluyó, por las razones que in extenso desarrolló, que no advierte inconvenientes de orden jurídico para ello. Lo anterior, en la medida, por cierto, que hayan sido suscritos en conformidad a las disposiciones que sobre la materia contempla la ley N° 19.799 […]»Contraloría General de la República, Dictamen N° 73.170, 12-XI-2013 (confirma el N° 37.361 de 2013), sobre exhibir en formato electrónico el permiso de circulación y el certificado del SOAP
«[…] el antedicho artículo 51 de la Ley de Tránsito no prevé una solemnidad de esa clase en el documento, sino la obligación de portarlos en el vehículo […]»Mismo dictamen N° 73.170 de 2013
«[…] facultar a los concesionarios de plantas de revisión técnica para emitir electrónicamente certificados de revisión técnica […] y que cuenten con las firmas electrónicas avanzadas del personal autorizado […]»Resolución exenta N° 2.158 de 2020, MTT (Diario Oficial 09-10-2020), considerando 2°, sobre el D.S. N° 35 de 2017
«Los conductores […] deberán llevar consigo su licencia, permiso o boleta de citación y, requeridos por la autoridad competente, acreditar su identidad y entregar los documentos que los habilitan para conducir.»Ley de Tránsito N° 18.290, art. 6°, inciso 1°

Ojo con esto

  • Si el teléfono está sin batería, para la ley es como no llevar el documento. Ten carga.
  • Si un fiscalizador no acepta el digital, puedes acreditarlo después ante el Juzgado de Policía Local.
  • Lleva siempre la cédula física y la licencia (física o en la app oficial del MTT).

Fuentes

  • Ley de Tránsito (BCN)
  • Dictamen N° 73.170 de 2013 (Contraloría)
  • Resolución exenta N° 2.158 de 2020 (Diario Oficial)

Información de referencia, revisada en octubre de 2026. No es asesoría legal: ante dudas, consulta en Conaset o el Ministerio de Transportes.

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